miércoles, 22 de octubre de 2008

¿QUIENES PASAN O PIERDEN EL AÑO ESCOLAR?

PREGUNTAS FRECUENTES
EVALUACION, PROMOCION Y REPROBACION DE ESTUDIANTES
Enviado por CLAFLOCA
1. ¿Las ciencias económicas y políticas, son áreas independientes? El artículo 31 de la ley 115 de 1994 es claro cuando determina que en la educación media académica serán obligatorias y fundamentales las mismas áreas de la educación básica en un nivel más avanzado, además de las ciencias económicas, políticas y la filosofía. Como se puede apreciar en lo dispuesto por la ley, ciencias económicas, políticas y la filosofía, son tres áreas independientes.
2. ¿Cuándo un alumno pierde asignaturas y no áreas, pierde el año? No se pierde al año por asignaturas ya que de acuerdo con el Decreto 230/02 se reprueba por tres o más áreas con Insuficiencia y quedando además en el 5% de alumnos de todo el plantel que pueden reprobar de acuerdo con el Decreto 3055 de 2002.
3. ¿Cuándo un alumno reprueba la recuperación de una o dos áreas, se devuelve al grado anterior? El colegio puede darles en el año siguiente otras opciones si lo estima conveniente y las consigna en su PEI. En caso contrario cuando termine su bachillerato o se retire del colegio, el certificado se les expedirá con las áreas reprobadas, lo cual puede traerle problemas, al ingreso a ciertas universidades, pero, en ningún caso el hecho de perder las recuperaciones de las dos áreas, permite que se devuelva el alumno al grado anterior o tenga que repetirse el mismo
4. ¿Cómo se determina el porcentaje del 5% de alumnos reprobados? La reprobación de los alumnos que pierden tres o más áreas, se define para efectos de la aplicación del 5% de reprobados de todo el colegio partiendo de los alumnos que más áreas hayan reprobado independiente del grado que realizaron y a partir de este parámetro se toman en orden descendente los reprobados hasta completar el porcentaje que establece el decreto 3055 de 2002. Es decir que podría darse el caso de alumnos que habiendo perdido tres o cuatro áreas pueden aprobar el grado, si no están dentro del 5% de reprobados previsto para todo el colegio
5. ¿Cómo se expide el certificado de un alumno de grado once que se quiere graduar el día de la ceremonia oficial del colegio, pero no recupera una o dos áreas perdidas? Quienes se gradúen en la ceremonia oficial y no recuperan sus áreas pendientes se les expide el certificado con las áreas que queden pendientes.
6. ¿Cómo se expiden los certificados a alumnos que perdieron áreas? Con la respectiva anotación de las áreas que reprobaron, pero cuando recuperan queda como informe final el de la recuperación.
7. ¿Cómo se hace la graduación de alumnos de undécimo grado con una o dos áreas perdidas? Los alumnos de grado once que terminan con una o dos áreas pendientes, se pueden graduar en la ceremonia oficial con dichas áreas, pero le expedirán el certificado con las mismas reprobadas, lo que les traería problemas en ciertas universidades que no reciben alumnos con áreas pendientes. Una vez graduado, el colegio ya no tiene ningún compromiso para hacerle recuperación, puesto que ya pasan a ser exalumnos del establecimiento. Quienes NO se gradúen en la ceremonia oficial lo harán por ventanilla, una vez que recuperen en enero sus áreas pendientes y en tal caso el certificado le saldrá sin ninguna área pendiente. Cualquiera de las dos decisiones anteriores deben tomarlas libremente el alumno y el padre de familia, haciéndolo conocer por escrito al plantel educativo.
8. ¿El alumno que pierde el año, pero en abril o meses posteriores del año siguiente recupera las áreas perdidas, se puede matricular de inmediato en el grado siguiente? Si se puede matricular en el grado siguiente cuando recupere las áreas que dieron origen a la reprobación del grado, de acuerdo con el artículo 11 del Decreto 230/2002 y previo un seguimiento que el plantel haga sobre el avance en las insuficiencias que el alumno tenga.
9. ¿Los alumnos que pierden tres áreas reprueban el grado? De conformidad con el Decreto 230 de 2002 un alumno reprueba el grado cuando pierde tres o más áreas y además queda incluido en el 5% de los alumnos reprobados de todo el plantel.
10. ¿Que se hace con alumnos que tienen logros pendientes de los años anteriores al 2002 cuando se expidió el Decreto 230/02? Pueden recuperar sus logros en cualquier momento ya que el Decreto 1860 de 1994 que estaba vigente antes del Decreto 230 de 2002 para lo de evaluación, no ponía periodos o fechas determinadas para la recuperación sino que dejaba a opción del plantel definirlas.
11. ¿Qué sucede con los alumnos que no se presentan a recuperar áreas, pero que aprobaron el grado? Se promueven al grado siguiente y se les expide el certificado donde consten las áreas pérdidas
12. ¿Qué sucede con un alumno que tiene el 25% de inasistencia en una sola área? Reprobará el área con "Insuficiente¿ por no haber asistido al desarrollo de la misma y deberá recuperarla.
13. ¿Qué sucede si un alumno no pasa la recuperación en la semana anterior a iniciar el nuevo año escolar?Los alumnos de cualquier grado que quedan con áreas pendientes y no lo reprueban, pueden recuperarlas al iniciar el año escolar siguiente o en otras oportunidades durante el transcurso del año que establezca el colegio y deje consignado en su proyecto educativo institucional.
14. ¿Se suman las evaluaciones de inglés y lenguaje para dar evaluación final del área de humanidades? Las áreas del plan de estudios son las definidas en la Ley 115 de 1994, artículos 23,24,31, y 32. Sin embargo ante la ambigüedad de lo referente al área de humanidades, lengua castellana e idioma extranjero, los colegios pueden definir en su proyecto educativo institucional la organización de la lengua castellana y el idioma extranjero como áreas independientes ya que sus características difieren en su estructura y en sus métodos, las cuales pueden ser revaluadas para efectos de promoción en forma separada.
Preguntas frescuentes, evaluación

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