Bogotá. (Colprensa). La Corte Constitucional llamó la atención a la Procuraduría General de la Nación, y a las contralorías departamentales y municipales, para que hagan cumplir la ley que prohibe la vinculación de trabajadores al Estado con funciones permanentes, a través de contratos por prestación de servicios.
El presidente de esta corporación, Nilson Pinilla, manifestó que esta ley siempre ha estado vigente, pero existe evidencia que prueba que no se está cumpliendo. “Hay instituciones del Estado que tienen más personas vinculadas con contrato de prestación de servicios que con la planta adscrita al servicio público desarrollando funciones permanentes”, advirtió Pinilla.Según la norma, los cargos públicos con funciones fijas deben proveerse a través de concurso. “Se debe permitir a los mejores servidores acceder y desarrollarse dentro de la carrera correspondiente”, sostuvo el presidente de la Corte Constitucional.
Aclaró sólo en caso en que el trabajador esté haciendo labores esporádicas o un reemplazo temporal, sí se podrá usarse la modalidad de prestación de servicios, ya que esta vinculación del trabajador sólo se hace si la labor es de carácter transitorio. De igual forma instó a estos organismos sobre las labores administrativas dentro de su función disciplinaria para que hagan cumplir esa norma y tomen cartas en el asunto. La Corte recordó que es una ley vigente y ajustada a la Constitución Política.
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