domingo, 30 de enero de 2011

LOS APORTES DE VELAIDES


DERECHOS HUMANOS Y PRIVATIZACION DE BIENES PUBLICOS
Mencionaré algunos conceptos doctrinales delas nociones de bienes de uso público o de dominio público, para poder interpretar y emitir juicios de valor en cuanto a la conducta o acción de funcionarios de la administración de privar al conglomerado de sus derechos, en algunas ocasiones Derechos sociales y culturales, Derechos del medio ambiente y en otras a la vulneración de los derechos fundamentales de los niños que están por encima de cualquier orden, especialmente los consagrados en el artículo 44 de nuestra carta magna. Cuando los funcionarios encargados de la administración cambian la destinación de bien público convirtiéndola en particular y mal intencionada o no, porque el bien puede pasar a otro uso, goce o disfrute público más no privado por atentar contra los derechos al ara uso, goce y disfrute público.
Esto, para la reflexión de lo que sucede en nuestro municipio y en todo el territorio colombiano, en donde las playas de los ríos, del mar, los campos deportivos, los parques y lo más insólito instituciones educativas, cambian de propietario, es decir, del dominio público a dominio privado. ¿Cómo le parece?, es como si estuviésemos en la época de la colonia bajo la sumisión de la monarquía absoluta.
Bienes de dominio público: Aquellas propiedades administrativas afectadas a la utilidad pública y que, por consecuencia, de esta afectación resultan sometidas a un régimen especial de utilización y protección, amen de que la demanialidad de tales bienes actúa como mecanismo de intervención administrativa sobre las actividades de los particulares. Los bienes demaniales se encuentran afectos al uso, servicio público, o el fomento de la riqueza nacional. Contrario a lo que sucede con los bienes mostrencos que son los bienes abandonados y que carecen de dueño aparente o conocido.
En nuestra máxima norma de normas, consagra: “Artículo 63.—Los bienes de uso público, los parques naturales, las tierras comunales de grupos étnicos, las tierras de resguardo, el patrimonio arqueológico de la nación y los demás bienes que determine la ley, son inalienables, imprescriptibles e inembargables”.
El TITULO III Código civil Colombiano, hace una clara referencia al hablar de los Bienes de la Unión. Art. 674. —Se llaman bienes de la Unión aquellos cuyo dominio pertenece a la república.
Si además su uso pertenece a todos los habitantes de un territorio, como el de calles, plazas puentes y caminos, se llaman bienes de la Unión de uso público o bienes públicos del territorio.
Además, puede expresarse que son bienes de servicio público los destinados directamente al cumplimiento de fines públicos de responsabilidad de las entidades locales, las escuelas, entre otros.
Ahí, queda para la reflexión de todos, dictaminar si lo que actualmente está sucediendo con muchos bienes públicos, que vienen perdiendo su carácter o naturaleza para satisfacer intereses particulares, está bien o mal, es legal o no, es abuso o no. Porque, cómo le parece, que en la bella ciudad de San José de Cúcuta, muchos bienes públicos cambiaron su naturaleza y hoy rinden sus frutos para satisfacer a particulares. Hoy, una edificación donde funcionaba una de las instituciones emblemáticas de esta ciudad como era la ESCUELA TIPO CENTRAL que viene haciendo historia desde la década del sesenta o antes (sede del Instituto Técnico Nacional de Comercio), Disque cambió de naturaleza pública a privada, sin importar para nada, la vulneración de los DERECHOS FUNDAMENTALES DE LOS NIÑOS consagrados en el artículo 44 de la Constitución Nacional, que hoy se encuentran allí matriculados y que vienen desde hace varios años estudiando allí. ¿Cómo le parece, la actuación de la administración y las decisiones judiciales en nuestro país?, si eso sucede con un bien público o de todos, ¿qué podría pasar con un bien de un particular cualquiera ?.
Pero, no se preocupe, que ya se aproximan nuevamente las elecciones y los mismos que vienen haciendo y deshaciendo, prometiendo e incumpliendo desde hace más de veinte años; después de cuatro años más, se acodarán de usted, para echarle el mismo cuento, y otra vez vuelva y caiga, entonces de qué nos quejamos. Vuelve y juega, los mismos con las mismas.
La decisión es de cada uno de nosotros, si legitimamos de nuevo a los que desde hace tiempo avalan desde el concejo a quien administra la cosa pública.
Ramón Velaides Jaimes

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