jueves, 23 de junio de 2011

Municipio de Los Patios aplicará comparendo ambiental

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En la sala de juntas de la Alcaldía de los Patios fue socializado el Comparendo Ambiental que fue creado para la implementación de la cultura ciudadana, en todos los Municipios de Colombia y en esta localidad reglamentado mediante acuerdo Municipal 003 y la ley 1259 del 2008 que habla de adecuado manejo de las basuras y residuos sólidos.
Las sanciones que se empezaran aplicar serán de tipo pedagógico por lo cual se invita a la comunidad en general para que haga buen manejo de las basuras y los residuos sólidos con el propósito de fortalecer y preservar el medio ambiente.
Entre las causales para que una persona sea objeto del comparendo ambiental figuran:
* Sacar la basura en horarios no autorizados por la empresa prestadora del servicio.
* No usar los recipientes o demás elementos dispuestos para depositar la basura.
* Arrojar basuras desde un vehículo automotor o de tracción humana o animal en movimiento o estática a las vías públicas, parques o áreas públicas.
* Disponer residuos sólidos y escombros en sitios de uso público no acordados ni autorizados por autoridad competente.
* Disponer basura, residuos y escombros en bienes inmuebles de carácter público o privado, como colegios, centros de atención de salud, expendios de alimentos, droguerías, entre otros.
* Arrojar basura y escombros a fuentes de aguas y bosques.
* Destapar y extraer, parcial o totalmente, sin autorización alguna, el contenido de las bolsas y recipientes para la basura, una vez colocados para su recolección.
* Disponer inadecuadamente animales muertos, partes de estos y r esiduos biológicos dentro de los domésticos.
* Dificultar, de alguna manera, la actividad de barrido y recolección de la basura y escombros.
* Almacenar materiales y residuos de obras de construcción o de demoliciones en vías y/o áreas públicas.
* Realizar quema de basura y/o escombros sin las debidas medidas de seguridad, en sitios no autorizados por autoridad competente.
* Lavar y hacer limpieza de cualquier objeto en vías y áreas públicas, actividades estas que causen acumulación o esparcimiento de basura.
* Permitir la deposición de heces fecales de mascotas y demás animales en prados y sitios no adecuados para tal efecto y sin control alguno.
* Fomentar el trasteo de basura y escombros en medios no aptos ni adecuados.
* El no recoger los residuos sólidos en los horarios establecidos por la misma empresa recolectora, salvo información previa debidamente publicitada e informada y debidamente justificada

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