| Boletín de prensa Nº14: FECODE aclara que el régimen  especial de pensiones está vigente Martes, 13 de Julio de 2010 09:04 - Escrito  por Fecode  La Federación Colombiana de Educadores FECODE aclara a todos los maestros y  maestras del país, que lo escrito en uno de los artículos de la revista Semana  sobre los regímenes pensiónales no es cierto, por esta razón la Federación  aclara que el régimen especial de pensiones del magisterio sigue  vigente. La revista Semana publicó en su edición 1470 un artículo que  afirma que a partir de agosto dejaran de existir los regímenes especiales de  pensiones a excepción de los regímenes de las Fuerzas Militares y la Presidencia  de la República, por lo cual la Federación Colombiana de Educadores se pronunció  rectificando que este régimen seguirá en vigencia. El artículo de la revista  Semana desconoce que en el Acto Legislativo 01 del 2005 quedó registrado como  régimen especial de pensiones, el del magisterio colombiano. La  publicación desconoce el acta final de la Comisión Accidental de Pensiones donde  el Gobierno, el Congreso y la Federación llegaron a un acuerdo donde se estipula  que el régimen especial de pensiones del magisterio colombiano iría más allá del  31 de julio de 2010, como tampoco reseña el concepto 1857 emitido el 10 de  septiembre por el consejo de estado, donde se aclara que existen dos regímenes  de pensiones. Y por ultimo tampoco menciona el concepto emitido el 26 de  abril del presente año por el Ministerio de Protección Social donde señala que  acoge el concepto del Consejo de Estado, En la actualidad hay dos  situaciones: La de los docentes oficiales vinculados antes del 27 de  junio de 2003, fecha de entrada en vigencia de la ley 812 de 2003, es la  establecida en las disposiciones legales vigentes hasta esta fecha, sin que  termine el 31 de julio de 2010. La de los docentes oficiales vinculados a  partir del 27 de junio de 2003 es el régimen general de las leyes 100 de 1993,  797 de 2003 y las demás que lo regulen en el futuro, pero con el requisito de la  edad unificado en 57 años para hombres y mujeres, sin que termine el 31 de julio  de 2010. El criterio expuesto por la Sala de Consulta y Servicio Civil  del Consejo de Estado, es acogido íntegramente por parte del Ministerio de  Protección Social según oficio de la doctora Diana Arenas Pedraza, Directora  General de Seguridad Económica y Pensiones. Por esta razón, FECODE quiere  reiterarle al todo el magisterio colombiano, que este régimen especial de  pensiones está vigente gracias a la movilización que se hizo el año pasado de  todos los maestros y maestras de Colombia y a la importante acción que  desarrolló el Comité Ejecutivo de FECODE. PAULO ALBERTO MOLINA BOLÍVAR POLITÓLOGO UNIVERSIDAD NACIONAL MAGISTER EN EDUCACIÓN Y DESARROLLO  HUMANO | 
sábado, 17 de julio de 2010
RÉGIMEN ESPECIAL DEL MAGISTERIO
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