TRANSPORTE DE CARGA TENDRÁ QUE PAGAR LA ESTAMPILLA PRO-DESARROLLO FRONTERIZO La Secretaría de Hacienda en cabeza de Cesar Omar Rojas Ayala, estableció que el cobro iniciado recientemente de la estampilla ‘Pro-desarrollo Fronterizo’ a vehículos de carga de 3 ejes o más que entren o salgan de Norte de Santander con mercancías o productos, está fundamentado en la Ordenanza Departamental 0014 del 19 de diciembre de 2008.
Dicho acto administrativo en su capítulo IV, Artículo 214, establece el concepto por el cual los producidos de la estampilla serán destinados a la financiación del Plan de Inversiones del Departamento, determinado según el Plan de Desarrollo Departamental de los Municipios Fronterizos.
La tarifa establecida mediante Decreto es de medio salario diario mínimo legal vigente, es decir $ 8.300 pesos, para cada vehículo que entre o salga del departamento con carga.
Según, Nelson Orlando Miranda Ruiz, asesor tributario de la Secretaría de Hacienda, el cobro de la estampilla esta aprobado de conformidad con lo establecido en el Artículo 49 de la Ley 191 de 1.995, para departamentos y municipios de frontera.
Igualmente, se refirió a las presuntas inconformidades presentadas por el gremio transportador de carga respecto del cobro de la nueva tasa, señalando lo siguiente: “No tenemos ninguna empresa formalmente constituida no aceptando el proceso de aplicación y cobro de la estampilla, (Pro-desarrollo Fronterizo), ninguna empresa nos ha informado mediante oficio que se niega a pagar la estampilla”,
Según, Miranda Ruíz, desde enero del presente año se inició con los transportadores a través de reuniones, charlas educativas e informativas el proceso de socialización de la medida y cuando entraría en vigencia Ver, (anexo de empresas con la cuales se socializó la información).
El funcionario expresó que los recursos a recaudar por concepto de la estampilla a vehículos de carga, por pago de tiquetes de transporte público de pasajeros por vía terrestre y de transporte aéreo, ascienden a unos $800 millones de pesos al año, los cuales serán destinados en vías agua potable y saneamiento básico.
Dicho acto administrativo en su capítulo IV, Artículo 214, establece el concepto por el cual los producidos de la estampilla serán destinados a la financiación del Plan de Inversiones del Departamento, determinado según el Plan de Desarrollo Departamental de los Municipios Fronterizos.
La tarifa establecida mediante Decreto es de medio salario diario mínimo legal vigente, es decir $ 8.300 pesos, para cada vehículo que entre o salga del departamento con carga.
Según, Nelson Orlando Miranda Ruiz, asesor tributario de la Secretaría de Hacienda, el cobro de la estampilla esta aprobado de conformidad con lo establecido en el Artículo 49 de la Ley 191 de 1.995, para departamentos y municipios de frontera.
Igualmente, se refirió a las presuntas inconformidades presentadas por el gremio transportador de carga respecto del cobro de la nueva tasa, señalando lo siguiente: “No tenemos ninguna empresa formalmente constituida no aceptando el proceso de aplicación y cobro de la estampilla, (Pro-desarrollo Fronterizo), ninguna empresa nos ha informado mediante oficio que se niega a pagar la estampilla”,
Según, Miranda Ruíz, desde enero del presente año se inició con los transportadores a través de reuniones, charlas educativas e informativas el proceso de socialización de la medida y cuando entraría en vigencia Ver, (anexo de empresas con la cuales se socializó la información).
El funcionario expresó que los recursos a recaudar por concepto de la estampilla a vehículos de carga, por pago de tiquetes de transporte público de pasajeros por vía terrestre y de transporte aéreo, ascienden a unos $800 millones de pesos al año, los cuales serán destinados en vías agua potable y saneamiento básico.
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